R-DCA-541-2011
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las doce horas del veintiséis de octubre de dos mil once. ---------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por la empresa CLÍNICAS DE LA AUDICIÓN CDA S. A. en contra
del cartel de la Licitación Pública No. 2011LN-000001-2701 promovida por el HOSPITAL DR.
FERNANDO ESCALANTE PRADILLA para la “Compra de prótesis auditivas”.---------------------------
I. POR CUANTO: Mediante escrito presentado el 12 de octubre de 2011, la empresa Clínicas de la
Audición CDA S. A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública No.
2011LN-000001-2701 promovida por el Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla para la compra de
prótesis auditivas.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. POR CUANTO: Que mediante auto de las trece horas del trece de octubre de dos mil once se confirió
audiencia especial a la Administración para que se refiriera al recurso interpuesto por la empresa Clínicas
de la Audición CDA S. A. y presentara copia del cartel. ------------------------------------------------------------
III. POR CUANTO: Que mediante oficio número AGBS-903-2011 de fecha 19 de octubre de 2011,
complementado por los oficios AGBS-927-2011 de fecha 21 de octubre y AGBS-937-2011 de fecha 25 de
octubre, la Administración atiende la audiencia conferida.----------------------------------------------------------
IV. POR CUANTO: A. SOBRE EL FONDO. 1. Modalidad entrega según demanda. 1.2 Aplicación
de la modalidad. El recurrente señala que no procede aplicar la modalidad de entrega según demanda, al
tipo de bien licitado por cuanto existen directrices institucionales internas de la Caja Costarricense de
Seguro Social (CCSS) vinculantes para el Hospital que exigen la existencia previa de un estudio que
demuestre que el proc ...
Fecha publicación: 31/10/2011
Fecha emisión: 26/10/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 10223
12 de octubre, 2011
DFOE-EC-0492
Master
Román Solera Andara
Presidente Ejecutivo
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del Presupuesto Extraordinario No. 3 del año 2011 del
Consejo Nacional de Producción.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el
presupuesto extraordinario No. 3-2011 del Consejo Nacional de Producción.
No obstante lo anterior, no omitimos señalar que, el presente documento se aprueba
por partida del objeto del gasto; lo anterior, de acuerdo con los “Lineamientos generales
sobre el nivel de aprobación del presupuesto de los entes y órganos públicos,
municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados”, por
lo que la información que se haya suministrado a otro nivel se considera de carácter
informativo.
Finalmente, cabe destacar que para futuros trámites de este naturaleza, es
necesario que la certificación extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social donde
se indique que se encuentra al día con las cuotas obrero patronales, se remita a este
órgano contralor en forma oportuna, así como la certificación de verificación de requisitos
mínimos del bloque de legalidad que deben cumplir los documentos presupuestarios, a fin
de evitar dilaciones en el trámite de marras.
Atentamente,
Lic. Manuel Corrales Umaña, MBA
GERENTE DE ÁREA
GST/MMC/MCU/mmd
ci Auditoría Interna - CNP
Área de Estudios Financieros - CNP
Expediente (G-2010002642, P-12)
Ni 17328 – 17864 - 18029
http://www.cgr.go.cr/
] ...
Fecha publicación: 27/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 09828
10 de octubre, 2011
DJ-1115-2011
Licenciada
Martina Carvajal Zamora
Directora
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza consulta sobre la forma de recuperar la garantía rendida en una
contratación específica del Consejo Nacional de Producción por ser caso concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio DPE-2203-2011 de fecha 27 de setiembre de 2011,
mediante el cual se consulta sobre la forma de recuperar la garantía rendida en una contratación
específica (LP No. 0010-2005) tramitada por parte del Hospital Calderón Guardia.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el
artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Nro. 7428 del 07 de
setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta Nro. 107 del 05 de
junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de
la normativa.
Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver
casos concretos, según el artículo segundo de la circular citada que dispone: “La Contraloría
General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre
materias propias de sus competencias constitucionales y legales y no traten sobre situaciones
concretas que debe resolver la institución solicitante.” Así, la función consultiva se circunscribe a
la emisión de criterios de carácter general, sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones
específicas atinentes a la institución consultante.
Al tratarse en sentido estricto de la resolución de un caso particular, este órgano contralor
no entrará a dictaminar por la vía consultiva sobre materia que corresponde al ámbito de gestión de
ese Consejo Nac ...
Fecha publicación: 10/10/2011
Fecha emisión: 07/10/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07369
10 de agosto, 2011
DCA-2049
Señor:
MBA. Román Solera Andara
Presidente Ejecutivo
Consejo Nacional de Producción
Fax: 2255-4729
Estimado señor:
Asunto: Se acepta el retiro de la solicitud de autorización para vender en forma directa un
inmueble a la Municipalidad de San José con la finalidad de que en él se desarrolle el
proyecto de construcción de Villa Olímpica con motivo de los Juegos Deportivos
Centroamericanos en el año 2013.
Nos referimos a su oficio PE 152-11 de fecha 21 de julio de 2011 recibido en este Despacho
el día 22 del mismo mes y año por medio del cual solicita estudio de la autorización referida en el
asunto, el cual es ampliado mediante oficio PE-157-11 del 3 de agosto del año en curso, recibido
inicialmente vía fax el día 8 de agosto de 2011 y en original el día 9 del mismo mes y año junto
con los antecedentes respectivos.
Al respecto se indica lo siguiente:
Siendo que de conformidad con el último oficio de cita, se ha solicitado a esta División el
retiro de la autorización referida junto con la documentación presentada con ella, se procede a
devolver sin aprobación la gestión y se entrega junto con este oficio el “Expediente
Administrativo Venta Plantel Central”.
No omitimos manifestar que este Despacho se encuentra en la mejor disposición de atender
nueva solicitud de estudio que el Consejo enunciado requiera con relación a este asunto.
Atentamente,
Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada MSc. Kathia G. Volio Cordero
Gerente Asociado Fiscalizadora
KGVC/yhg
NI: 12686
Ci: Archivo central
G: 2011001786-1
] ...
Fecha publicación: 15/08/2011
Fecha emisión: 10/08/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 06574
18 de julio, 2011
DCA-1842
Señor
Lic. Edgar Hernández Valverde
Gerente General
Consejo Nacional de Producción
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza al Consejo Nacional de Producción a realizar contratación directa concursada
para vender 5.808,71 quintales de frijoles rojos, cosecha 2009, al amparo del artículo 2 bis inciso c) de la
Ley de Contratación Administrativa y el artículo 138 del Reglamento a dicha ley.
Se atiende su oficio No. SUB GG 180-11 de fecha 4 de julio de 2011, recibido el día 5 del
mismo mes y año, por medio del cual, solicita autorización para realizar contratación directa concursada
referida en el asunto.
I. Antecedentes y justificaciones de la solicitud.
-Que la Junta Directiva del Consejo Nacional de Producción, (en adelante CNP), cumpliendo con su
función de intervención en el mercado, para mantener la producción y disponibilidad de los productos
agropecuarios, así como la estabilidad de los precios a que alude su Ley Orgánica; autorizó la compra de
7.000 quintales de frijol rojo nacional cosecha 2009, a un precio de ¢30.000,00 (Treinta Mil colones
00/100) por quintal, proveniente de la cosecha frijolera de la Zona Sur del país. Lo anterior según
Acuerdo #37809, Sesión 2756 (Ord.), Art. 24°, celebrada el 11 de noviembre del 2009.
-Que la adquisición de este producto obedece exclusivamente a un comportamiento atípico respecto a la
oferta nacional (grano de origen nacional e importado), no esperado dentro de las proyecciones
establecidas, por cuanto ingresan volúmenes de grano importado superiores a lo estimado, a un precio
inferior al de la cosecha nacional, lo que genera sobreoferta de frijol rojo y con el consecuente
desplazamiento del producto nacional.
-Que de la compra total autorizada, 1,113.91 quintales se adquirió de los Asentamientos Campesinos del ...
Fecha publicación: 21/07/2011
Fecha emisión: 18/07/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 04531
23 de mayo, 2011
DFOE-EC-0223
Licenciado
Ricardo Zúñiga Cambronero
Gerente General
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Estimado señor:
Asunto: Devolución sin trámite del presupuesto extraordinario No. 3 del año 2011 del
Consejo Nacional de Producción (CNP).
Se procede a devolver sin trámite el presupuesto extraordinario No.3-2011 del Consejo
Nacional de Producción, remitido mediante oficio No. DIRAF. No. 129-2011, del 13 de mayo de
2011, según lo acordado por la Junta Directiva, en la sesión No. 2797, artículo 4º, celebrada el día
6 de abril de 2011.
Lo anterior se fundamenta en la solicitud expresa de retirar dicho presupuesto extraordinario,
planteada a este órgano contralor por el Director Administrativo Financiero de ese Consejo,
mediante oficio No. DIRAF No. 156-2011, recibido el día 20 de mayo de 2011, en el que se
reconoce que el rebajo de ingresos propuesto por concepto de venta de activos fijos es
improcedente, por cuanto dichos ingresos fueron improbados por este órgano contralor, según
consta en el punto III-3), de nuestro oficio No. 12546 del 17 de diciembre de 2010.
Por otra parte, se previene a esa Administración para que, como parte del proceso de
formulación de un futuro documento presupuestario que tenga como propósito cumplir con la
Directriz No. 013-H de la Presidencia de la República y el Ministro de Hacienda, se evalúe si debe
consultarse a la Autoridad Presupuestaria algún aspecto que se considere excepcional en relación
con lo que dispone dicha directriz, lo anterior, al tenor de lo previsto en el último párrafo de su
artículo 7º.
Finalmente, se debe tener en cuenta la necesidad de que, en los documentos ...
Fecha publicación: 26/05/2011
Fecha emisión: 23/05/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: OTROS OFICIOS RELACIONADOS CON EXTRAORDINARIOS
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 04474
20 de mayo, 2011
DFOE-EC-0217
Máster
Roman Solera Andara
Presidente Ejecutivo
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del Presupuesto Extraordinario No. 2 del año 2011 del Consejo
Nacional de Producción.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el presupuesto
extraordinario No. 2-2011 del Consejo Nacional de Producción.
Al respecto, se le comunica lo siguiente:
1. Se aprueba el ajuste propuesto en el superávit específico, sin perjuicio de lo que
eventualmente resuelva este órgano contralor en su función de fiscalización posterior.
2. Se aprueban los recursos contenidos en la partida “Transferencias Corrientes”, para el
proceso de reorganización y pago de prestaciones legales, con base en lo dispuesto en la Ley No.
8900, Presupuesto Extraordinario de la República, publicada en el Alcance No. 1 de La Gaceta No.
225 del 19 de noviembre de 2010. Será de exclusiva responsabilidad de esa Administración el
establecer los mecanismos de control necesarios que garanticen la utilización de dichos recursos
conforme a los fines establecidos en dicha Ley. Lo anterior, sin perjuicio de las potestades de
fiscalización posterior de este órgano contralor.
3. El presente documento se aprueba por programas y por partida del objeto del gasto; lo
anterior, de acuerdo con los “Lineamientos generales sobre el nivel de aprobación del presupuesto
de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y
sujetos privados”, por lo que la información que se haya suministrado a otro nivel se considera de
carácter informativo.
Atentamente,
...
Fecha publicación: 25/05/2011
Fecha emisión: 20/05/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 04236
13 de mayo, 2011
DCA-1248
Licenciada
Ligia Castrillo Morales
Jefe Área de Gestión de Bienes y Servicios
Hospital Doctor Fernando Escalante Pradilla
Fax: 2771-3119
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato 006-2011 suscrito entre el Hospital Dr. Fernando Escalante
Pradilla y Corporación Pipasa S.A., compra de huevos de gallinas, de cuantía inestimable, según
Licitación Pública 2010LN000004-2701(entrega según demanda).
Nos referimos a su oficio AGBS-368-2011 del 3 de mayo del presente año, mediante el cual
solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en la certificación de contenido presupuestario emitida por
el doctor Rodolfo Bonilla Montero, Director General (ver folio 138 del expediente administrativo).
En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la
acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos
certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día en
el pago de sus obligaciones con la CCSS, y se hace constar que la contratista se encontraba al día en
esas obligaciones con la CCSS a la fecha de la firma del respectivo contrato (ver folios 98-130 del
expediente administrativo).
3) Es responsabilidad de la Administración mantener vigente la garantía de cumplimiento (ver
folios 126-127 del expediente administrativo).
4) El cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas (ver folios 116-117 del expediente
administrativo).
2
5) Queda bajo responsabilidad de la Admini ...
Fecha publicación: 18/05/2011
Fecha emisión: 16/05/2011
Institución: HOSPITAL DOCTOR FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 04021
6 de mayo, 2011
DFOE-EC-0180
Licenciado
Rolando González Ulloa
Presidente Ejecutivo
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO (IDA)
Licenciado
Ricardo Zúñiga Cambronero
Gerente General
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimados señores:
Asunto: Criterio solicitado por el CNP y el IDA sobre la base de cálculo que debe
utilizarse para cumplir lo que dispone el artículo 11 bis de la Ley Nro.
2035
Nos referimos a su oficio Nro. GG 289-2011 del 17 de febrero del año en curso,
recibido en esta Contraloría General el 28 de ese mismo mes, mediante el cual consultan
la base de cálculo que se debe utilizar para hacer efectiva la aplicación de los porcentajes
establecidos en el artículo 11 bis de la Ley Orgánica del CNP, Nro. 2035, incorporado
mediante Ley Nro. 8700. Lo anterior, por cuanto las instancias consultantes señalan que
tienen divergencias para determinar dicha base de cálculo.
El referido articulo señala lo siguiente:
“Artículo 11 bis.- Autorízase a las instituciones listadas seguidamente a
trasladar al CNP una parte del superávit libre de cada año fiscal, según se
menciona a continuación:
a) Un diez por ciento (10%) del superávit libre del Instituto de Desarrollo
Agrario (Ley N.º 6735, de 29 de marzo de 1982).
b) Un veinte por ciento (20%) del superávit libre del Servicio Fitosanitario
del Estado (Ley N.º 7664, de 8 de abril de 1997).
c) Un veinte por ciento (20%) del superávit libre del Servicio Nacional de
Salud Animal (Ley N.º 8495, de 6 de abril de 2006).
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
DFOE-EC-0180 2 6 de mayo, 2011
T: (506) ...
Fecha publicación: 05/05/2011
Fecha emisión: 02/05/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 03502
15 de abril, 2011
DFOE-EC-0152
Máster
Román Solera Andara
Presidente Ejecutivo
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN (CNP)
Estimado señor:
Asunto: Improbación del presupuesto extraordinario No. 1 del año 2011 del
Consejo Nacional de Producción.
Sin la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el
presupuesto extraordinario No. 1-2011 del Consejo Nacional de Producción.
Lo anterior sustentado en que a la fecha de la presente gestión dicho Consejo, no
cumple con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense
de Seguro Social, puesto que, no se encuentra al día con las cuotas obrero patronales, lo
cual se desprende de la certificación emitida por dicha Caja.
Atentamente,
Lic. Manuel J. Corrales Umaña, MBA
GERENTE DE ÁREA
MJCU/MMC/GST/mmd
ci Auditoría Interna - CNP
Área de Estudios Financieros - CNP
Expediente (G-2010002642, P-2)
Ni 5745 - 6184
] ...
Fecha publicación: 18/04/2011
Fecha emisión: 15/04/2011
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: OTROS OFICIOS RELACIONADOS CON EXTRAORDINARIOS
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO